10 de septiembre de 2013

¿Qué cubre la responsabilidad civil voluntaria?

¿Qué cubre la responsabilidad civil voluntaria?
Hace unos días hablábamos de la responsabilidad civil obligatoria en los seguros de coche. Hoy vamos a complementar esta información con la Responsabilidad Civil Voluntaria. Esta cobertura no es necesaria para poder circular con un vehículo, es decir, no es obligatoria por ley, pero sí aporta conceptos que complementan los cubiertos por la obligatoria.



Recordemos que la reponsabilidad civil obligatoria cubría:

  • Por daños físicos, hasta 70 millones de euros.
  • Por daños materiales, hasta 15 millones de euros.
Gracias a la responsabilidad civil voluntaria, en caso de siniestro las garantías de indemnización son prácticamente ilimitadas tanto para daños personales como para daños materiales, siempre a terceros. Paga el exceso de las indemnizaciones del seguro de responsabilidad civil obligatoria, pero es importante leer bien la letra pequeña de la póliza pues pueden variar pequeños detalles con respecto a otras pólizas.

Echando un ojo al apartado de la responsabilidad civil voluntaria de una póliza de auto de Allianz, los daños que hagamos a un tercero y que cubre esta cobertura son (recordad que cada compañía puede indicar sus propias condiciones):

Coberturas

  • Daños que causemos a través de la carga, transporte y descarga de cosas en el vehículo y en el remolque autorizado de igual matrícula al vehículo asegurado.
  • Daños que causemos a raiz de la conducción del vehículo, sin el oportuno permiso administrativo o la correspondiente autorización del propietario, realizada por:
    • un hijo menor del Asegurado.
    • un empleado del Asegurado.
    • un extraño que tenga el vehículo bajo su custodia.
  • La conducción ocasional, por el propietario del vehículo asegurado, de otro turismo, propiedad de un extraño ajeno a su familia, en defecto de garantía del seguro complementario del mismo y sin que esta cobertura substituya, en ningún caso, a la correspondiente al Seguro Obligatorio que dicho vehículo debiere haber tenido.
  • La actuación de los pasajeros mientras ocupen plaza en el vehículo y en tanto sea causa de un accidente de circulación.
  • El arrastre de remolques autorizados de igual matrícula al vehículo asegurado.
Como véis, se trata de completar el seguro de responsabilidad civil obligatoria haciendo que se cubran todos los daños que se causen a un tercero por prácticamente cualquier motivo y de forma casi ilimitada, puesto que los valores asegurados son:

  • El 100% de las indemnizaciones debidas y, como máximo por siniestro, hasta 50 millones de euros.
  • El 100% de las minutas y gastos cubiertos, sin límite cuando se trate de las acreditadas por los Abogados y Procuradores designados por el Asegurador y, como máximo por siniestro, hasta 1.500,00 euros cuando se trate de los honorarios y gastos de Abogados y Procuradores libremente elegidos por el Asegurado en los casos de conflicto de intereses previstos.
  • Las sumas aseguradas lo son como complemento y en exceso de las que fije como obligatorias, en el momento del accidente de circulación, la legislación sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Lo que no cubre


Lógicamente, esta cobertura no cubre ningún daño propio, ya sean daños personales al conductor como daños materiales a nuestro coche (siempre que seamos nosotros los culpables del siniestro).

Tal y como comentamos en el artículo sobre la responsabilidad civil obligatoria, aquí tampoco se cubren los daños materiales ocasionados entre vehículos de familiares de hasta tercer grado (sobre todo para evitar temas de pillería). Quiere decir que, por ejemplo, si saliendo del garaje con tu coche, golpeas el coche de tu mujer, la has mangado. La compañía no se hará cargo de la reparación de su coche (del nuestro, si no tenemos un seguro que cubra daños propios, tampoco, pero estos son otros motivos).

Podríamos continuar hablando de esta cobertura pues pueden darse mil casos diferentes en los que cada compañía podría actuar de forma diferente. Si tenéis cualquier duda, comentario o sugerencia, por fecor dejadlas en los comentarios.

Como siempre, si quieres que te coticemos el seguro de tu moto, mándanos un email a eligiendoseguro@gmail.com y te atenderé personalmente, aconsejándote y seleccionando las coberturas que más te interesan para que tengas un buen seguro, sin pagar de más.

¡Hasta pronto!

No hay comentarios:

Publicar un comentario